Vecinos y vecinas del pueblo de Hoya Gonzalo, colindante con el terreno militar inician una campaña de apoyo en la que se solicita el indulto para el pastor, que lleva ya tres meses encarcelado en la prisión de la Torrecica (Albacete). El ganadero propietario de las ovejas, también condenado a la misma pena, no ha ingresado en prisión por ser la condena de menos de 2 años de prisión y no tener antecedentes penales por cancelar. Hay que recordar que anualmente la Plataforma contra la militarización de la Sierra de Chinchilla lleva a cabo una pequeña repoblación dentro de la zona militar para reclamar el cierre y devolución del campo de maniobras.
Diez meses de cárcel por pasar el ganado al campo de
maniobras de Chinchilla
Viernes, 29 de junio de 2007
E.J./ALBACETE
El Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete ha condenado a diez meses de prisión para un pastor y un ganadero porque su ganado entrara en el campo de maniobras de Chinchilla.
La sentencia recoge como hechos probados que entre los meses de julio a octubre del 2004 el pastor, I.S.A., introdujo el ganado ovino propiedad del otro acusado, el ganadero J.S.S., en los terrenos correspondientes al campo de maniobras de Chinchilla pese a conocer que estaba prohibido el acceso al mismo y pese a haber sido requerido personalmente para que se abstuviera de hacerlo y abandonara el terreno hasta en ocho ocasiones en ese periodo de tiempo, fechas en las que resultó sorprendido por los militares del campo haciendo caso omiso a sus requerimientos.
También el ganadero fue requerido personalmente para los mismos fines pero pese a ello no le dijo al pastor expresamente que se abstuviera de llevar al ganado a dichos terrenos por considerar que el paso estaba permitido.
Desobediencia
Por ello se formuló una acusación por un delito de desobediencia a la autoridad en el ejercicio de sus funciones y es precisamente por esto por lo que les condena, ya que la magistrada no entra a valorar si los acusados tienen razón o no cuando afirman que el paso por el camino es público lo que le lleva al acusado a creer que no está incumpliendo la orden, algo que considera que interpreta «a su libre albedrío» aunque considera sería distinto a que por vía administrativa o contencioso administrativa se plantee la cuestión. Por ello condena a ambos a diez meses de prisión por un delito consumado de desobediencia.
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